EVASORES DE IMPUESTOS 2019
- ACCADMISER

- 23 abr 2019
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CAMBIO DE RÉGIMEN POR LA ADMINISTRACIÓN
LEY DE FINANCIAMIENTO
Muchos empresarios en la actualidad crean y utilizan diferentes tipos de estrategias para evadir impuestos, entre las más reconocidas se encuentran:
Crear y cerrar empresas en el mismo local comercial
Crear diferentes tipos de régimen en un mismo local comercial, para lo que anteriormente se llamaba “no pasarse al régimen común”.
Pues bien la el gobierno nacional en su oficio de recaudar impuestos y limitar al máximo la evasión, ha modificado el Art 508-1 quedando de la siguiente manera:
ARTÍCULO 508-1. CAMBIO DE RÉGIMEN POR LA ADMINISTRACIÓN. Para efectos de control tributario, la Administración Tributaria podrá oficiosamente reclasificar a los no responsables en responsables, cuando cuente con información objetiva que evidencie que son responsables del impuesto, entre otras circunstancias, que:
Formalmente se cambia de establecimiento de comercio, pero en la práctica sigue funcionando el mismo negocio y las ventas son iguales o superan las 3.500 UVT, o
Se fracciona la facturación entre varias personas que ocupan el mismo local Comercial y la sumatoria de las mismas son iguales o superan las 3.500 UVT, o
Quienes pagan bienes o servicios reportan la existencia de operaciones que son iguales o superan las 3.500 UVT, mediante el sistema de factura electrónica emitida por el contratista cuando realiza operaciones con no responsables.
La decisión anterior será notificada al responsable, detallando la información objetiva que lleva a tomar la decisión. Contra la misma no procede recurso alguno y a partir del bimestre siguiente ingresará al nuevo régimen.





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